DECRETO 283/1990, de 21 de noviembre, mediante el cual se crea el Programa Sanitario de Atención a la mujer y se establecen normas para la vinculación a este Programa de los profesionales sanitarios implicados.
El Decreto pone énfasis en la necesidad de una atención especializada en la salud materno-infantil y en los aspectos relacionados, por su alta repercusión en la salud de la comunidad. Se establece, por tanto, un Programa Sanitario de atención a la mujer como programa propio de la atención primaria.
Los objetivos que el Programa persigue son, tal y como dice el texto: "Promover, impulsar, coordinar y llevar a cabo las actividades de atención integral de la mujer en los aspectos relativos a la orientación y a la planificación familiar, educación maternal, embarazo, el parto y el resto de estados fisiológicos o enfermedades directamente relacionados con su sexo"..
Los servicios que el Programa ofrece son, en su vertiente educativa, preventiva y asistencial:
- Orientación y planificación familiar.
- Control y seguimiento del embarazo.
- Educación maternal.
- Atención al parto.
- Atención al puerperio.
- Atención a la menopausia.
- Prevención del cáncer ginecológico y mamario.
- Prevención y asistencia a las enfermedades de transmisión sexual.
- Prevención y asistencia de las patologías ginecológicas en general.
Los encargados de llevar a cabo el programa son los médicos tocólogos y ginecólogos, las matronas de instituciones sanitarias abiertas y equipos tocológicos de la Seguridad Social y las matronas titulares de sanidad local que prestan sus servicios en el ámbito del sector sanitario correspondiente.
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